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Las causas a empresas por corrupción se duplicaron en el último año | España



Mientras los casos de Koldo García, antiguo asesor del que fuera ministro José Luis Ábalos; del expresidente de la Real Federación Española de Fútbol Luis Rubiales y de la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, sacuden el panorama político y mediático, y se preparan comisiones de investigación parlamentaria, los tribunales siguen dictando sentencias por corrupción. El año pasado fueron 56, de las que un tercio (18) fueron absolutorias. En las que sí se impusieron penas, 15 lo fueron tras alcanzar un acuerdo entre los encausados y la Fiscalía para la pena; 20, sin ese pacto, y las tres restantes fueron condenatorias solo en parte, según detalla el Repositorio de Datos sobre Procesos de Corrupción del Consejo General del Poder Judicial. Los jueces dictaron auto de procesamiento o de juicio oral contra 256 personas en los 32 procedimientos por delitos de corrupción concluidos el año pasado. De ellos, 71 eran personas jurídicas (empresas y otras entidades con derechos y obligaciones).

Las cifras de las resoluciones son inferiores a las de 2022, cuando los tribunales españoles dictaron 61 sentencias. Entonces, las absolutorias fueron 16. Para este año hay pendiente de celebrar una treintena de juicios por algunas de las grandes causas de corrupción, como los casos Gürtel, Lezo y Púnica, que sientan en el banquillo a exdirigentes del PP. Este repositorio de información recoge datos desde el tercer trimestre de 2015 hasta la actualidad, tanto a nivel nacional como por comunidades autónomas. De acceso público, utiliza como indicadores de la lucha contra la corrupción el número de acusados y/o procesados, de procedimientos, de sentencias dictadas y el sentido de las mismas, y el de presos por estos delitos. Se actualiza cada tres meses.

La información se circunscribe a la denominada corrupción pública, tanto administrativa como política, es decir, aquella que afecta a funcionarios y cargos públicos en el ejercicio de sus funciones, y que afectan al dinero público. Bajo el concepto genérico de corrupción se recoge una larga lista de delitos como los de prevaricación urbanística, prevaricación de funcionarios públicos, infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, cohecho, tráfico de influencias, malversación, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función y receptación y blanqueo de capitales.

Hay una segunda cifra de la actualización de esta base de datos que llama la atención: los jueces dictaron auto de procesamiento o de juicio oral contra 256 personas en los 32 procedimientos por delitos de corrupción concluidos el año pasado. De ellos, 71 eran personas jurídicas (empresas y otras entidades con derechos y obligaciones). La inmensa mayoría, en juzgados de Andalucía (64), seguido a mucha distancia por los de Madrid (cinco) y Comunidad Valenciana (dos). Este número supone el doble del año anterior, cuando fueron 36, aunque iguala a las cifras de 2021. Entre 2018 y 2020, las cifras se habían situado entre las 30 sociedades del primero de esos años a los 49 del último. No hay que olvidar que la imputación de empresas y otras entidades en causas penales es un concepto relativamente nuevo en el Código Penal, en el que fue introducido en 2010 y reformado profundamente cinco años más tarde. Antes se consideraba que las personas jurídicas no podían delinquir.

El número de empresas encausadas por corrupción previsiblemente se incrementarán en los próximos años una vez que España traspuso en febrero del año pasado ―con retraso― la directiva europea de 2019 conocida como Whistleblowing (”denuncia de irregularidades o de prácticas corruptas”), por la que las empresas de más de 50 trabajadores deben contar con un canal interno de denuncias de irregularidades dando protección a aquella persona que desde dentro de una organización, ya sea una empresa privada o un organismo de la administración, denuncia las irregularidades que conoce.

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Aunque en un primer momento la obligatoriedad de tener este buzón solo afectaba a las grandes empresas con más de 250 trabajadores, desde el pasado diciembre todas las compañías con plantillas que superen el medio centenar de empleados deben contar con este canal o, de lo contrario, se exponen a multas de hasta un millón de euros. Las empresas públicas, los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones también están obligadas a crear este canal de denuncias si reciben o gestionan fondos públicos.

El resto de los procesados, 185, fueron personas físicas, con un claro predominio de los varones (152) frente a las mujeres (33). El año anterior habían sido menos, 164, repartidos en 138 hombres y 26 mujeres. Por comunidades, los juzgados de Andalucía fueron también los que más personas procesaron, 125, seguidos por los de Madrid (22) y la Comunidad Valenciana (21). No obstante, el reflejo de todo esto en las cárceles es pequeño. Según las estadísticas de las tres administraciones que gestionan las prisiones en España ―Ministerio del Interior, Generalitat catalana y gobierno vasco―, a 1 de enero de 2024 había en ellas 91 presos por algún delito vinculado con la corrupción, de los que 35 eran en concreto por malversación, seguido por los de cohecho (22). En esa fecha la población reclusa ascendía a 56.979 internos.

Los datos se conocen en un momento en el que la corrupción ha vuelto a situarse entre las 10 primeras preocupaciones de los españoles en el Barómetro de opinión del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) del mes de marzo. En este último sondeo, un 12,2% de los consultados la citaban entre las tres primeras, frente al 4,9% del mes anterior, cuando ocupaba el decimoctavo lugar. Entre uno y otro sondeo había estallado, precisamente, el caso Koldo, en el que se investiga una supuesta trama que amaño contratos públicos para la compra de mascarillas en el peor momento de la pandemia, pero aún no habían estallado los escándalos que afectan a Rubiales y Ayuso.

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